En una decisión reciente, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema ha establecido que el cómputo de las semanas cotizadas para la pensión se efectuará ahora considerando los días calendario en lugar del estándar de meses de 30 días. Aunque este ajuste parece ser de naturaleza técnica, conlleva implicaciones significativas para los trabajadores en Colombia.
Anteriormente, el cálculo se realizaba tomando un mes como equivalente a 30 días, sin importar el número real de días en ese mes. No obstante, con la reciente determinación judicial, se establece que la cotización se calculará de acuerdo con el número preciso de días laborados y cotizados.
La Corte Suprema determinó que cada día cotizado se suma para convertirse en semanas, mediante la división por siete, impactando el cálculo de las semanas de cotización para la pensión. Esta decisión surge de un caso en el que una mujer buscaba el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes para ella y sus hijos, siendo inicialmente denegada debido a que su esposo fallecido no cumplía con las 50 semanas requeridas en los tres años previos a su deceso.
No obstante, con la nueva metodología de cálculo sugerida por la Corte Suprema, se observa un ligero incremento en el número de semanas cotizadas, acercándose así al requisito mínimo de cotizaciones.