La reforma pensional, aprobada y sancionada por el gobierno nacional, definió la fecha definitiva para aquellos empleados que reciban un monto determinado, para que tengan la opción de cambiarse a un fondo privado con el propósito de poner en marcha el cambio al sistema de jubilación nacional.
Desde este 16 de enero, los trabajadores colombianos que tengan ingresos mensuales de más de 3 millones de pesos tendrán la capacidad de elegir el fondo privado que administrará sus fondos pensionales. Esto de acuerdo con la nueva ley pensional que llevará a cabo un sistema de pilares donde los trabajadores aportarán hasta 2,3 salarios mínimos ($3.274.050 en 2025) en Colpensiones, mientras que cualquier monto extra lo regulará un fondo privado.
Además, según Porvenir, aquellos usuarios que estén en este o en cualquier fondo privado de pensión, no tendrán la necesidad de hacer esta modificación, debido a que el excedente será administrado por estas entidades de forma automática.
Por otro lado, a partir del 1 de julio se llevará a cabo otra modificación en el sistema pensional donde se van a añadir cobro de impuestos a las pensiones más altas. Esto con el propósito de fortalecer la sostenibilidad financiera del sistema y ampliar la cobertura para más colombianos.
La ley aprobada establece que las pensiones que superen las 1.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) mensuales estarán sujetas al pago de impuestos. Esto significa que estarán gravadas solo en la parte que exceda de 1.000 (mil UVT) mensual, unos $49.799 millones. Es decir, quienes reciban más de 3,6 millones de pesos al mes por pensión, tendrán que pagar impuestos.
No obstante, hay excepciones con respecto al pago de impuestos según el artículo 84 de la reforma y estas son:
- Las administradas por Colpensiones
- Aquellas gestionadas por cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público, mientras sigan operando
- Los montos depositados en cuentas individuales del Componente Complementario de Ahorro y sus rendimientos
- Las sumas destinadas al pago de seguros por invalidez/sobrevivencia
- las pensiones recibidas por residentes colombianos en el exterior.